Regímenes fiscales Personas Físicas
- Luis Enrique Jacobo

- 7 jun 2023
- 2 Min. de lectura

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), nos menciona en su artículo 31, fracción IV lo siguiente: “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes"
Además, el artículo 73, menciona que "El Congreso tiene facultad:" fracción VII "Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto"
Siendo así, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en conjunto con el Servicio de Administración Tributara (SAT) establecieron los siguientes regímenes fiscales para que las personas físicas contribuyamos con estas obligaciones de la CPEUM.
Régimen Simplificado de Confianza
Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
Régimen de Incorporación Fiscal
Enajenación de bienes
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
Régimen de Arrendamiento
Intereses
Obtención de premios
Dividendos
Demás ingresos
Si quieres emprender un negocio es importante que identifiques primero las actividades que vas a desarrollar y estimes los ingresos que vas a tener en un año, para que te des de alta el en regimen fiscal adecuado a tu giro y actividad económica.
Si vas a desarrollar una actividad empresarial puedes optar por estos regímenes fiscales:
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) incluye las actividades empresariales, profesionales u otorgar el uso o goce temporal de bienes, y que tus ingresos no excedan de 3 millones 500 mil pesos en un año.
En este régimen también puedes tributar como como una Sociedad Anónima Simplificada (SAS). Este tipo de sociedad la abordaremos en otro blog por sus beneficios y ventajas.
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban. Así como aquellas personas físicas que presten servicios profesionales (médicos, abogados, contadores, dentistas, etc.)
Régimen de Arrendamiento personas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas las personas que enajenen bienes o presten servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Te invitamos a revisar si estas dado de alta en el régimen fiscal adecuado conforme a tu giro o actividad económica, si estas aprovechado los beneficios y cumpliendo con las obligaciones fiscales.

SAT.(2023). Recuperado de https://www.sat.gob.mx/consulta/09788/emprendedor,-conoce-los-regimenes-fiscales-de-las-personas-fisicas#:~:text=Pueden%20tributar%20aquellas%20personas%20f%C3%ADsicas,de%20los%20ingresos%20que%20perciban.




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